Entidades financieras deben prepararse para FATCA
El Foreign Account Tax Compliance Act (Fatca) busca obtener información de las cuentas bancarias, operaciones e inversiones que los contribuyentes norteamericanos tengan fuera de sus fronteras; información que será obtenida y enviada directamente al Gobierno estadounidense por todas las entidades financieras del mundo. Cada una de las entidades deberá suscribir un contrato con el Departamento […]

El Foreign Account Tax Compliance Act (Fatca) busca obtener información de las cuentas bancarias, operaciones e inversiones que los contribuyentes norteamericanos tengan fuera de sus fronteras; información que será obtenida y enviada directamente al Gobierno estadounidense por todas las entidades financieras del mundo.

Cada una de las entidades deberá suscribir un contrato con el Departamento del Tesoro de ese país.

Departamento del Tesoro estará alerta. (Foto: Departamento del Tesoro de EE.UU.)

Ley FATCA

Desde El 11 de septiembre de 2001, una confluencia de factores ha dado lugar al establecimiento de normas y procedimientos internacionales mucho más severos para hacer que los contribuyentes estadounidenses y las instituciones financieras internacionales cumplan las obligaciones tributarias correspondientes.

– Por lo menos 33,000 contribuyentes de los E.E.U.U. se acogieron a programas de divulgación voluntaria de cuentas en el exterior en los años 2009 y 2011, con el fin de evitar sanciones potencialmente mayores y la judicialización criminal por no divulgar la información sobre sus cuentas mantenidas en el extranjero.

En enero de 2012, el Servicio de Rentas Internas (IRS por sus siglas en inglés) anunció la reapertura del último programa de esas características que terminó en septiembre de 2011.

-Además de los esfuerzos del IRS y del Departamento de Justicia de los Estados Unidos por combatir la evasión tributaria en ultramar, otros países comenzaron emprendieron iniciativas para cerrar sus brechas tributarias persiguiendo a los contribuyentes que no cumplan sus obligaciones fiscales.

-En febrero de 2012, los fiscales presentaron cargos criminales contra el banco más antiguo de Suiza, Wegelin & Co., al acusarlo de ayudar a americanos adinerados a ocultar más de 1.2 mil millones de dólares en cuentas extranjeras.   La acusación fue la primera que el gobierno de los E.E.U.U. ha hecho a un banco en vez de hacerlo a personas particulares, y ha demostrado que el gobierno va a perseguir a los bancos si no entregan los nombres de sus clientes cuentahabientes norteamericanos.

Para el gobierno federal, además de la seguridad nacional  está en juego un estimado de 385 mil millones de dólares en ingresos fiscales perdidos cada año, en parte como resultado del incumplimiento en la divulgación de sus cuentas internacionales por parte de los contribuyentes estadounidenses.   En el año 2002, como consecuencia del 9-11, las disposiciones de la Ley Patriota consolidaron los esfuerzos de los E.E.U.U. para prevenir, detectar y judicializar el lavado internacional de activos y las financiación del terrorismo.   La ley requirió del escrutinio especial de jurisdicciones extranjeras, instituciones financieras extranjeras, y algunos tipos de transacciones internacionales o  de cuentas susceptibles de abuso con fines dolosos.   Eso fue solamente el comienzo.   Aunque la evasión fiscal en ultramar es apenas nueva, durante los últimos tres años, el efecto acumulativo de acontecimientos dominantes ha cambiado el mundo financiero.

FATCA: Estados Unidos le Declara la Guerra a la Evasión Tributaria de sus Contribuyentes en el extranjero

Los ingentes esfuerzos del gobierno federal en aras de combatir la evasión fiscal en ultramar dieron lugar a la ley de mayor envergadura de su clase en la historia reciente.   En marzo de 2010, el Presidente Obama sancionó las disposiciones de la Ley de Conformidad Tributaria para Cuentas Extranjeras (FATCA por sus siglas en inglés) incluidas en la Ley de Incentivos de Contratación para Restaurar el Empleo (HRE por su sigla en inglés).   Conforme a la Ley FATCA, a las instituciones Financieras Extranjeras (FFIs por su sigla en inglés) se les exigirá, entre otras cosas, celebrar un contrato especial con el IRS para proporcionar la información sobre cada uno de sus clientes cuentahabientes norteamericanos con cuentas poseídas o controladas, divulgar la información al IRS y retener los impuestos americanos sobre estas cuentas si llegase a ser necesario.  Si una institución financiera cubierta intenta evadir los requisitos de la nueva ley, se arriesga a perder sus relaciones de actividades bancarias en Norteamérica entre otras consecuencias.

En general, el propósito estipulado de la Ley FATCA es hacer cumplir la conformidad tributaria de cuentas en el extranjero en tanto que nivela el campo de juego para aquellos americanos que respetan la ley tributaria norteamericana en vez de ocultar sus activos en instituciones financieras extranjeras (FFIs). Dada la naturaleza global del mundo financiero, hacer cumplir estas leyes no sería posible sin las FFIs.

BiCon ofrece asesoría para cumplir con la regulación.

De conformidad con el contrato, las FFIs deben:

1.Emprender ciertos procedimientos para la identificación y la debida diligencia, “relacionados con sus clientes cuentahabientes;

2. Informar al IRS anualmente y

3.“Retener y pagar al IRS el 30 por ciento de cualesquier pago sobre fuentes norteamericanas de ingresos brutos de la venta de títulos y valores que generan fuentes norteamericanas de ingresos, hechos a (a) FFIs no participantes, (b) clientes cuentahabientes individuales que no entreguen la suficiente información para determinar si son estadounidenses o no, o (c) clientes cuentahabientes de entidades financieras extranjeras que no proporcionen la suficiente información sobre la identidad de los principales propietarios norteamericanos de esos recursos en cuenta.

La retención tributaria del 30% se aplica sin importar el monto de ganancia, o si hay ganancia o pérdida en la venta (a menos que se hagan las divulgaciones adecuadas de información).   Las instituciones financieras que no cumplan esta disposición se arriesgan a perder sus relaciones de actividades bancarias en Norteamérica.   Las FFIs incluyen bancos, firmas de corretaje y ciertas compañías de seguros extranjeras.

A más tardar el 31 de diciembre de 2013 las FFIs deben celebrar un contrato con el IRS para quedar identificados como FFIs participantes, con suficiente anticipación para evitar la retención que se aplicará a esos agentes.  Esta fecha límite no aplicaría a las FFIs de países socios, las cuales reportarían directamente a sus gobiernos.

En el año 2014 se dará inicio al requisito de la debida diligencia, con el fin de identificar cuentas americanas nuevas y preexistentes (incluyendo ciertas cuentas de alto riesgo). Las cuentas de alto riesgo incluyen cuentas bancarias privadas con un saldo igual o mayor a los US 500.000 dólares.

Las normas propuestas requieren el inicio de la obligación de reportar cuentas Norteamericanas por parte de las FFIs en el año 2015.   Las datas a reportar se incrementan en el 2016 incluyendo montos de ingresos.

Las normas propuestas exigen que las FFIs empiecen a reportar ingresos brutos en 2018 (para disposiciones y ventas que tengan lugar en el 2017).

-La aplicación escalonada de la norma también fue una buena noticia para los contribuyentes que necesitan tiempo para determinar su condición ante el cumplimiento de dicha norma de conformidad tributaria y poner sus asuntos en orden.

-Los contribuyentes estadounidenses con activos financieros extranjeros de US50,000 dólares o más deben presentar el formulario 8938, para reportar sobre sus cuentas en su declaración de renta del año 2011.   Este formulario es adicional al formulario para el informe Anual de Cuentas Bancarias y Financieras en el Extranjero (FBAR por su sigla en inglés) que vence el 30 de junio de cada año.

Las FFIs certificadas que cumplen  incluyen generalmente algunos bancos locales pequeños, fondos de retiro y organizaciones sin ánimo de lucro.   Las FFIs que cumplen registradas incluyen bancos, corredores y asesores financieros con clientes de jurisdicción local, miembros no informantes de los grupos FFIs participantes y ciertos fondos de inversión restringidos.   Todas estas instituciones financieras deben contar con procedimientos adecuados en sus organizaciones para cumplir con la ley.

En tanto que las normas amplían la categoría de FFIs que cumplen, la mayoría de las instituciones globales que cuentan con inversionistas multinacionales necesitarán convertiste en FFIs participantes y celebrar contratos de FFIs para evitar que les hagan retenciones.

Las FFIs de países que no sean socios del programa podrán registrarse a través de un sistema en línea disponible a partir del 1 de enero de 2013.  Las FFIs que no se registren estarán sujetas a retención sobre ciertos pagos relacionados con inversiones en los Estados Unidos.

Los Países Socios de La Ley FATCA

Los siguientes son los países con los cuales E.E.U.U. tiene acuerdos bilaterales vigentes para el intercambio de información tributaria, bajo los cuales E.E. U. U. se compromete a proporcionar, al igual que a recibir, información a través del IRS: Alemania, Antigua y Barbuda, Aruba, Australia, Azerbaiyán, Bangladesh, Barbados, Bélgica, Bermudas, Bulgaria, Canadá, China, Chipre, Corea del Sur, Costa Rica, Dinamarca, Dominicana, República Dominicana, Egipto, Eslovenia, España, Estonia, Federación Rusa, Filipinas, Finlandia, Francia, Gibraltar, Granada, Grecia, Guernesey, Guyana, Honduras, Hungría, Indonesia, Irlanda, Isla de Man, Islandia, Islas Marshall, Islas Vírgenes Británicas, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Jersey, Kazajistán, La India, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Marruecos, México, Mónaco, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Panamá, Paquistán, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Rumania, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Trinidad y Tobago, Túnez, Turquía, Ucrania, Venezuela y los territorios antillanos holandeses de: Bonaire, Curazao, Saba, San Eustaquio y Saint Maarten (parte neerlandesa).

Conforme a la Ley FATCA, según lo escrito originalmente, a todas las instituciones financieras extranjeras se les requiere celebrar contratos directamente con el IRS para reportar sobre el valor e ingresos de cuentas extranjeras de los contribuyentes.

En febrero de 2012, el Departamento del Tesoro hizo pública una declaración conjunta con Francia, Alemania, Italia, España y el Reino Unido, con el esbozo de un acuerdo para ayudar a los E.E.U.U. en aras de tomar medidas enérgicas contra contribuyentes que ocultan activos en cuentas en el extranjero.

El acuerdo con los cinco países de la Unión Europea (UE) y las normas propuestas, son una concesión a las instituciones financieras que han expresado que las disposiciones fundamentales relacionadas con los requisitos de divulgación resultaban demasiado onerosas.

Las instituciones financieras extranjeras también encontraron problemático que conforme a la ley según lo escrito, estarían actuando con eficacia como brazo del gobierno de los Estados Unidos.

Las FFIs de países no socios podrán registrarse mediante un sistema en línea disponible desde el 1 de enero de 2013. Aquellas FFIs que no se acrediten en el programa quedarán sujetas a retención sobre ciertos pagos conexos con inversiones americanas.

Dentro de este precepto más amplio se halla una lista desalentadora que determina las responsabilidades de la diligencia debida, que podría incluir solicitud de documentos, listas de comprobación de control, cuestionarios de ingresos y nuevos requisitos de documentos justificativos.   No están solos.   Los corredores, contadores y abogados implicados en transacciones extranjeras tendrán sus propias responsabilidades.

Los bancos y demás instituciones financieras de los E.E.U.U. y el extranjero deben realizar seminarios informativos con regularidad, para los administradores de prestamistas y cuentas individuales.   Los seminarios deben incluir el tema “Conozca las Pautas de Sus Clientes” entre las que se encuentran las fuentes de ingresos, estado civil, historia de la conformidad tributaria y los negocios del cliente, necesidades de los negocios y de la industria.

Mientras tanto, los banqueros deben buscar funcionarios capacitados sobre la disposición y asegurarse de que entienden las nuevas reglas.   Al conocer al cliente ya se ha ganado la batalla por proteger a la institución financiera.

BiCon, en alianza con ALTASOL puede apoyarle y asesorarle para adaptar la regulación de la ley FATCA a su institución. Más información: servicio@bicongroup.com/www.bicongroup.com